Xataka – La trabajadora de un hotel descubrió de la peor forma el precio de seis rollos de papel: 60.318,50 euros
Sustraer material del centro de trabajo puede ser motivo más que suficiente para que una empresa juegue la baza del despido improcedente para dejar en la calle a su empleado. No importa si el valor de lo sustraído es de un millón de euros o de poco más de tres euros.
Es lo que le sucedió a la gobernanta de un hotel de Calella, en Barcelona, que consideró que sacar por seis rollos de papel para secarse las manos por la puerta trasera del hotel no era motivo suficiente para su despido. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña no opina lo mismo. Cada rollo de papel le ha salido por más de 10.000 euros.
El lío de los rollos de papel y un perro mareado. Tal y como se recoge en la sentencia dictada por el TSJ de Cataluña, la protagonista del suceso era gobernanta en un hotel de Calella desde 1995. El 20 de junio de 2024, sobre las tres y cuarto de la tarde, las cámaras de videovigilancia captan como la empleada coge una bolsa grande de plástico. Dentro hay seis rollos de papel industrial, el que se usa para secarse las manos en el baño.
La grabación registra que la empleada esconde la bolsa cerca de la lencería, para a continuación salir con su hijo hacia la puerta trasera. Al ver que nadie mira, vuelve a entrar sola a por la bolsa. Al día siguiente, le entregan la carta de su despido disciplinario.
En ese momento, la empleada escribe a mano una explicación: «cogí el papel porque cuando vino a buscarme mi hijo el perro había vomitado el coche, lo cogí para limpiarlo y hoy lo he devuelto», se recoge en la sentencia. Ese mismo día también firma otro documento, redactado por el hotel, en el que reconoce los hechos y «muestra su arrepentimiento, manifestando que no volverá a suceder».
El juzgado le da la razón…y una indemnización. Ante la desproporción del castigo, la trabajadora demanda al hotel impugnando la demanda de despido disciplinario. El Juzgado de lo Social nº1 de Mataró da por buena la versión del vómito canino y considera que llevarse seis rollos de papel no es motivo suficiente para perder un empleo de treinta años. Por lo que le da la razón considerando excesiva la medida y declara el despido improcedente.
En este contexto, el juzgado establece que la empresa puede elegir entre readmitirla de nuevo asumiendo los salarios atrasados, o asumir el despido y pagarle 60.318,50 euros de indemnización por sus casi 30 años de servicio. Pero el hotel decide recurrir. Y lo hace.
Al TSJ de Cataluña no le cuadra. Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña revisan las grabaciones de seguridad y lo que ven en ellas no les cuadra con la coartada. La sentencia recoge que «se observa como el hijo de la actora sale de una sala y avanza por el pasillo hacia la puerta trasera (…) la actora vuelve hacia dentro, y entra en la sala nuevamente, saliendo con un saco de 6 rollos de papel higiénico de uso industrial». Nadie más aparece en el vídeo. No hay coche a la vista, ni rastro de vómito, ni prisa por limpiarlo.
Tampoco ayuda el certificado del veterinario que la trabajadora presentó como prueba, fechado un día después, y justo cuando ya le habían entregado la carta de despido. El tribunal recuerda además que ella misma firmó, sin alegar presiones de ningún tipo, un documento reconociendo el hurto por escrito.
La confianza se quedó en papel mojado. El TSJ de Cataluña se apoya en el artículo 54.2 d) del Estatuto de los Trabajadores, que castiga «la transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo». Y recuerda una idea que se repite en los tribunales laborales: cuando hay hurto, no importa el valor de lo robado. «El contrato de trabajo se apoya esencialmente en la confianza mutua entre las partes», citan los jueces catalanes.
El convenio colectivo de hostelería de Cataluña también recoge en su artículo 6.4 el «robo, hurto o malversación» en la empresa como falta muy grave y motivo de despido disciplinario. Según el tribunal, en este caso es especialmente relevante esa falta porque la trabajadora era gobernanta, un puesto que exige, según recoge la propia sentencia, «un especial celo en el cumplimiento de sus obligaciones laborales».
Seis rollos de papel, cero indemnización. Con estos argumentos en la mano, el el TSJ anuló la primera sentencia que daba la razón a la empleada y declaraba el despido como procedente.
Al ser un despido disciplinario reconocido, no genera derecho a indemnización, pese a los casi treinta años que la trabajadora llevaba en el hotel. Por lo que, de facto, la empleada perdería los más de 60.000 euros que le reconoció la primera sentencia. La sentencia del TSJ, todavía admite recurso de casación ante el Tribunal Supremo, por lo que la historia de los seis rollos de papel, de momento, no ha terminado.
Imagen | Unsplash (Erik Mclean)
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La trabajadora de un hotel descubrió de la peor forma el precio de seis rollos de papel: 60.318,50 euros
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Rubén Andrés
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