Xataka – Prohíben a Mercadona usar su reconocimiento facial: la Justicia obliga a detener un sistema que siempre estuvo fuera de lugar
El reconocimiento facial de Mercadona no sigue adelante. La Justicia, a través de la Audiencia Provincial de Barcelona, se ha pronunciado sobre el sistema de Mercadona implementado en julio de 2020 en unas 40 tiendas de Mallorca, Zaragoza y Valencia y ha concluido que «existe una violación de la privacidad».
Según el auto judicial que ha obtenido El Diario.es, con el sistema de Mercadona no se está «protegiendo el interés público», «sino más bien, los intereses privados o particulares de la empresa en cuestión».
La Justicia recoge las enormes dudas que ya generó en su momento
El reconocimiento facial de Mercadona fue creado para detectar personas con una «sentencia firme de orden de alejamiento del establecimiento en menos de 0,3 segundos», según explicaba la compañía. El sistema fue desarrollado «siempre en constante contacto con las autoridades correspondientes para garantizar la total protección y todas sus garantías legales», según explicaba Mercadona. Pero un año después, la Justicia ha concluido que el reconocimiento facial puede suponer un riesgo.
Ya entonces los distintos expertos consultados alertaron de las dudas que planteaba este sistema. El reconocimiento facial exige «garantías reforzadas», según explicaba un informe de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). La propia AEPD inició entonces una investigación sobre el reconocimiento facial de Mercadona, una que sigue en curso y por la que todavía no se han pronunciado.
Imagen recién tomada del cartel informativo sobre el sistema de reconocimiento facial en el Mercadona del Coll d’en Rabassa (Palma) – Islas Baleares. 👀#ProtecciondeDatos#Reconocimientofacial#RGPD@jgarciaherrero @apachecoabogado@JorgeMorell@FelipeAHerrera pic.twitter.com/VQ7nsRIFDp
— Jose Manuel Cañedo (@josecanedo_) July 2, 2020
Según el auto emitido, se habrían vulnerado «las garantías adecuadas en orden a la protección de los derechos y libertades de los interesados, no ya sólo de los que han sido penados y cuya prohibición de acceso les incumbe, sino del resto de personas que acceden al citado supermercado».
La resolución parte de la defensa de dos personas condenadas por un robo con violencia en 2018, donde se argumentó que «los penados no tenían prohibido el acceso a ningún otro supermercado». Para los jueces de la Audiencia Provincial de Barcelona, la medida del reconocimiento facial es «desproporcionada».
El uso del reconocimiento facial en Mercadona generaba enormes dudas. Entre ellas, el origen de la base de datos. «Mercadona solo puede tener acceso a la base de datos de los juzgados. Y los juzgados no tienen por qué tener mi cara», explicaba Jorge García Herrero, abogado especializado en Protección de datos. «Aunque no guarde las imágenes, es un tratamiento. La clave es de dónde saca Mercadona las imágenes de los delincuentes«.
El sistema de Mercadona hablaba de un procesamiento instantáneo, de 0,3 segundos. Sin embargo, los jueces apuntan que «por muy rápido que sea, existe una violación de la privacidad. Tanto el argumento de la rapidez como el no tratamiento de datos caen por su propio peso».
Pese a implementarse inicialmente en 40 tiendas, el proyecto de reconocimiento facial no ha pasado de experimento y progresivamente ha dejado de utilizarse. Ahora, con la decisión judicial, Mercadona deberá poner fin completamente al uso del reconocimiento facial en sus supermercados.
Vía | El Diario.es
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Prohíben a Mercadona usar su reconocimiento facial: la Justicia obliga a detener un sistema que siempre estuvo fuera de lugar
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Enrique Pérez
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