Xataka – Las empresas habían encontrado en el periodo de prueba una excusa para encubrir despidos: el Ministerio de Trabajo ha dicho basta

Las empresas habían encontrado en el periodo de prueba una excusa para encubrir despidos: el Ministerio de Trabajo ha dicho basta

La Inspección de Trabajo lleva tiempo recogiendo testimonios de miles de empleados que tenían una cosa en común: les habían despedido tras no superar el periodo de prueba. Durante ese periodo, las empresas no tienen que indemnizar al empleado por su despido, ni alegar un motivo organizativo o económico para ello. Habían descubierto una fórmula muy barata para despedir a los empleados.

Según los datos de la Tesorería de la Seguridad Social, solo durante el mes de julio de 2020 se registraron 1.967 bajas de afiliación por no haber superado el periodo de prueba. Las cifras provisionales de julio de 2026 apuntan a 4.940 bajas por este motivo. El Ministerio de Trabajo acaba de ponerles punto y final endureciendo la justificación para este tipo de despidos.

El atajo que dejó la reforma laboral. La reforma laboral de 2022 recortó los supuestos en los que estaba permitida una contratación temporal. Encadenar una infinidad de contratos temporales de corta duración dejó de ser tan sencillo para las empresas.

Sin embargo, muchas empresas encontraron un atajo distinto: contratar como indefinido y usar el periodo de prueba para librarse del empleado en los meses siguientes si no les convencía y volver a contratar a otro.

Según datos del informe ‘Balance del mercado laboral en 2025’ elaborado por el sindicato USO con fuentes del SEPE, INE y de la Seguridad Social, las empresas españolas extinguieron 1,02 millones de contratos durante todo 2025 alegando que el trabajador no había superado el periodo de prueba.

Los números que delatan el cambio. Los datos oficiales confirman el desmesurado incremento de despidos por este motivo. Entre enero y julio de 2019 hubo 19.409 bajas en la Seguridad Social por no pasar el periodo de prueba. Solo 4.192 de esos contratos, el 22%, eran indefinidos.

Siete años después, en el mismo tramo de 2026, la cifra total ya ascendía a 29.464 despidos en periodo de prueba, de los cuales 21.108 contratos eran indefinidos. Es decir, el 71,66% de los empleados despedidos por ese motivo eran indefinidos.

A qué obliga el nuevo decreto. El último Consejo de Ministros aprobó un real decreto que aprieta las tuercas en las condiciones del periodo de prueba. La ley sigue permitiendo un máximo de seis meses para determinar si un empleado cumple con los términos esperados para el puesto, pero endurece cómo se puede superar ese tope.

Tal y como señalaba elEconomista, el contrato deberá especificar de antemano qué pruebas concretas tiene que superar el empleado y qué tareas, funciones o características del trabajo van a evaluarse. Con este cambio, Trabajo quiere dar más argumentos al empleado si el caso acaba en los tribunales y es un juez quien debe evaluar si el empleado era válido para el puesto y se trata de un despido improcedente camuflado.

Salarios, algoritmos y letra pequeña. El decreto no se enfoca solo en paliar el fraude del despido en periodo de prueba. Las empresas también deberán desglosar el salario base y cada complemento por separado, y explicar cómo se calculan las partes variables, trasponiendo a la normativa española las exigencias de condiciones laborales más transparentes y previsibles que imponía la Directiva (UE) 2019/1152 aprobada en 2019 por el Parlamento Europeo.

Cuando un algoritmo decida turnos, ascensos o despidos, la empresa tendrá que informar de sus reglas de funcionamiento a los empleados implicados. La idea es que la tecnología no sirva de excusa para la toma de decisiones injustas ni oculte sesgos discriminatorios.

La norma tampoco entrará en vigor de inmediato. Las empresas tendrán 20 días desde su publicación en el BOE para adaptar los contratos. Un margen que la patronal había pedido para no pillar a las pymes a contrapié.

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Imagen | Flickr (The Left)


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Rubén Andrés

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